Angélica Vallen es una emprendedora colombiana que me preguntó hace unos días por modelos de convenios de confidencialidad. Me han llegado pedidos similares de otros emprendedores luego de leer este artículo. Para todos ellos, aquí les dejo algunos vínculos a modelos de convenios de confidencialidad.
http://www.cmd.gov.ar/servicios/?info=legal
http://i-uris.com/minutas/conf.html
http://mkturl.tripod.com/MKT/ebook/sec-nda02.pdf
Nota 1: Las particularidades legales de cada país pueden hacer necesario adaptar el texto a cada caso. En general, el convenio de confidencialidad tiene un valor pre-litigio. Es decir, vale en tanto disuade a la otra parte de violarlo. Sin embargo, su utilidad en caso de litigio decrece. Siempre es mejor asegurarnos a quién le estamos dando información valiosa, firmar un acuerdo si lo deseamos, para disuadir, pero más que nada actuar rápidamente sobre nuestras ideas y estrategias e innovar permanentemente para evitar o minimizar los perjuicios derivados de la difusión de nuestra idea de negocio o producto.
Nota 2: No toda copia o imitación es ilegal. Incontables modelos de negocio, productos o servicios no son patentables o no han sido patentados (o no vale la pena patentar). Cuando esos modelos de negocio o productos se hacen públicos (la empresa comienza a funcionar), si son buenos, se inicia una carrera para imitarlos y adaptarlos a las condiciones de diferentes países y mercados. Esto se llama difusión de la innovación y es legítimo. De hecho es una de las fuerzas más poderosas que gobierna la economía. Por eso si aún no tienen un producto para lanzar y están buscándolo, quizás les interese esto.